“Con este valor no tendrían que tener
problemas”, expresó, en tono claramente potencial, uno
de los dos integrantes de la consultora ACG Atlántica Consulting Group en la
mañana del viernes 8 de febrero de 2013, mientras exhibía el número gris en el
visor digital del artefacto con el cual estaba realizando la medición de
Radiaciones No Ionizantes (RNI) emitidas por la antenas de telefonía de alta
potencia, ubicadas en el corazón de las actividades diarias de
los niños de Sierra de la Ventana, esto es, al lado del Jardín de Infantes N°
903, a escasos 50 metros de la Escuela Primaria N° 6, a otros tantos de la
calesita del pueblo y frente, Avenida Roca de por medio, a la Unidad Sanitaria
Dr. Emilio Aldaya, para luego agregar su compañero -pensamos a modo de
justificativo- que “este aparato mide la suma de todos los tipos de radiaciones sin
discriminar origen, incluyendo también a las emitidas por las emisoras de radio
y las de televisión digital, las cuales son mucho más potentes que las de
celular”.
La pregunta es, también en potencial, ¿será éste el número de la suerte
o el de la desgracia para el futuro de los niños?
Cada rama de la industria tiene su número de la suerte. Se
han ocupado de crearlos e imponerlos cada vez que necesitaron legitimar la
cantidad de tóxicos que utilizan en sus procesos de elaboración de productos o
de prestación de servicios y que, indefectiblemente, terminan afectando la salud
de los seres vivos y la calidad del ambiente. Estas magnitudes,
mayoritariamente gestadas desde una ciencia no independiente, enmarcada dentro
de los propios límites de los laboratorios de los fabricantes, los cuales,
protegidos por el secreto comercial, “entregan
la tarea lista” a las organizaciones gubernamentales de control que aceptan
los números tarde o temprano, sin muchas
preguntas por medio, víctimas o cómplices de la presión empresarial.
Las estrellas de estos números mágicos son la IDA y
el LMR.
La primera determina la ingesta diaria admitida de un químico tóxico que viene dentro
de un producto generalmente alimenticio, en forma de conservante, colorante,
saborizante y hasta en ocasiones como el principal componente del mismo, por
ejemplo el aspartamo, que posee un IDA de 40 mg/kg día (en Argentina, según sitio WEB ANMAT). El segundo elemento, el LMR,
se define como el límite máximo de residuos y se refiere a la cantidad máxima de residuos de determinado plaguicida sobre
determinado producto agrícola permitida por la Ley. Es decir, la cantidad que
no puede ser sobrepasada para que el producto pueda ser puesto en circulación o
comercializado. (Según sitio web del Ministerio de Salud de la
Nación). Por ejemplo el LMR
del pesticida clorpirifós sobre el
durazno es de 0,5 mg/kg. (Según sitio web SENASA).
En el ámbito de las radiaciones no ionizantes (RNI), también
existen parámetros estimativos que determinan la dosis de electromagnetismo al
cual puede estar expuesto un ser vivo sin que, supuestamente, se le produzcan
daños a la salud. Los límites de exposición son especificados en niveles
de campo eléctrico (voltios por metro - mW/cm2) o en niveles
de densidad de potencia (vatios por metro cuadrado – V/m)
y varían en función a la frecuencia que emite la antena:
Tantos estos valores, como otros de las demás industrias
que, repito, justifican el contacto, ingestión, absorción, exposición, etc., de
sustancias dañinas, son determinados en exclusivos ámbitos de laboratorios que
los alejan de ser representativos de la vida, la que nos expone constantemente
a nuevas y diversas situaciones no contempladas por los estudios, las que
fácilmente, por el solo hecho del accionar silencioso de la naturaleza, pueden
modificar los patrones establecidos y convertir una sustancia antes inocua en
una tóxica.
“Especialmente grave
parece el problema de que las investigaciones que parten únicamente de sustancias nocivas individuales jamás pueden averiguar la concentración
de sustancias nocivas en el ser humano. Lo
que puede ser no peligroso en
relación a un producto individual, tal vez sea extremadamente peligroso en el receptáculo del consumidor final en que
se ha convertido el ser humano en el estadio avanzado de la comercialización
total.”[1]
Para
comprender mejor esta situación podríamos imaginar que cada niño del Jardín de
Infantes N° 903 y de la Escuela Primaria N° 6 de Sierra de la Ventana debería,
para no sufrir daños a su salud, recibir por un determinado lapso de tiempo
diario la radiación no ionizante medida en la zona cercana, por supuesto, dosis
enmarcada dentro de los estrictos
límites legales y luego, inmediatamente, sus padres deberían aislarlo en un
lugar tal que sus tejidos vivos, especialmente los cerebrales, no recibieran ni
un vatio más de energía electromagnética, tanto la generada en forma natural
por la propia naturaleza, como la emitida por la innumerable y desconocida
cantidad de artefactos eléctricos que lo rodean. Y al día siguiente, y al otro,
y por siempre, volver a cumplir la rutina, para no exceder los límites de absorción
máximos de RNI y permanecer sano.
Es indudable que esto es imposible y la situación puede
aplicarse como ejemplo para cualquier otra sustancia tóxica que se encuentre
libre en el medio ambiente, en los alimentos, en el aire, en el agua y en la
tierra, y que llega directa e indirectamente a los seres vivos, dañando en
ocasiones en forma aguda y en otras tantas ACUMULÁNDOSE
en los TEJIDOS y ÓRGANOS del cuerpo,
generando la aparición de enfermedades con el paso del tiempo, desnudando de
esta forma la fragilidad del sistema con el cual se protege a la población ante la exposición a
elementos tóxicos resultantes de los procesos de la industria.
“Hay una cosa que
los magos de los índices límites
parecen obstinarse en ignorar: LOS NIÑOS
NO SON PEQUEÑOS ADULTOS. […] Esto se debe al hecho de que sus cuerpos aún
se encuentran en desarrollo y que los sistemas de señales químicas utilizados
para tal fin son susceptibles de ser perturbados cuando se ven sometidos a
toxinas ambientales.[2]
Pero el panorama conveniente para las industrias y
específicamente en este caso, para las empresas de telefonía celular
propietarias de estas antenas emisoras de Radiaciones No Ionizantes de alta
potencia no termina aquí, en esta especie de ruleta en la que los números,
aparte de ser de su autoría, mágicamente también son los que siempre salen
favorecidos.
La suerte empresarial adquiere su máxima expresión cuando
observamos que los organismos gubernamentales que deben controlar que las
actividad que llevan adelante las industrias no afectan la salud de los seres
vivos y la calidad del medio ambiente, acuden a terceros para hacerlo, los
cuales, como es este caso, tienen vínculos comerciales muy intensos con la
propia actividad que están supervisando. Este fenómeno de conflictos de intereses
se conoce como el de las puertas giratorias y es muy simple
de entender: el mismo que legalmente debe cuidarte es el que también legalmente
posibilita que se produzca el daño.
La consultora ACG Atlántica Consulting Group, tal como
ellos mismos publicitan en su página web, se describen como “…PROVEEDORES DE EMPRESAS LÍDERES del mercado
de las telecomunicaciones, desarrollando tareas de servicios, gestión y
autorización de sitios de telecomunicaciones, realización de planos de obra,
Medición, Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), Informes de Medición de RNI y
gestiones ante Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales.…”, pero
también se anuncian como …”integrantes de la COMISION ASESORA DE RADIACIONES NO
IONIZANTES prevista por el art. 18 de la
Resolución 144/07, convocada por la
Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental del OPDS
con motivo de la creación y puesta en funcionamiento de dicha Comisión.
Se continúa participando activamente en proyectos, asesoramientos y control
de las radiaciones no ionizantes y su
gestión ambiental.”
En su cartera de clientes aparecen, entre otros, nombres
de compañías de telefonía celular como ser Telefónica de Argentina S.A, Telefónica
Móviles Argentina S.A. –MOVISTAR- y Telecom Argentina S.A. Personal, las
mismas empresas a las que estuvo controlando, por supuesto sin hallar problema
alguno, a pedido, suponemos, de la Municipalidad de Tornquist.
Sr. lector, ¿Usted se imagina a la consultora ACG Atlántica
Consulting Group emitiendo un informe no favorable en cuestiones ambientales
hacia algunas de las empresas con las cuales mantiene fuertes vínculos
comerciales?
Integrante de la consultora midiendo frente a la Unidad Sanitaria. |
También lo invitamos a preguntarse ¿porqué nuestro
municipio no tomó como referencia el informe elaborado en el año 2010 por
el Ing. Néstor Hugo Mata de la Universidad Tecnológica Nacional de Bahía
Blanca? Este estudio, contratado por el mismo municipio, mostraba claramente la
necesidad de reubicar las antenas en una torre comunitaria fuera de la zona
urbana para proteger la salud de la población, especialmente los niños, los
cuales son más vulnerables ante este tipo de contaminación, afirmando que “…la
absorción de energía electromagnética por parte de la corteza cerebral de los
niños es más del doble que de la de un adulto. Esta situación se agrava ya que
los alumnos del jardín de infantes y de la escuela permanecen dentro del campo
de irradiación durante un período extenso de horas diarias, por lo que caen dentro
de la exposición crónica”.
¿Por qué motivo no es tenido en cuenta un informe
independiente de un renombrado especialista del tema que expresa claramente la
necesidad de trasladar las antenas a una distancia prudencial de las personas,
especialmente los niños, para preservar su salud?
A la totalidad de incógnitas se suma la que se desprende
de la sorprendente noticia aportada por el Defensor del Pueblo de la Provincia
de Buenos, que informó en su Resolución N° 64/12 que las antenas en cuestión no
poseen autorización alguna frente a las autoridades provinciales para su
montaje y puesta en marcha, RECOMENDANDO SU REUBICACIÓN. Entonces nos
preguntamos: ¿cómo esta situación irregular se permitió durante tanto tiempo?,
siendo esta una prueba clara de las debilidades del sistema de control que debe
proteger la salud de las personas.
Mientras las compañías de telefonía mundial continúan
financiando gran parte de las investigaciones científicas para probar la
inocuidad de las RNI, acción que no han logrado aún a pesar de los años
transcurridos, la Organización Mundial de la Salud junto al Instituto Mundial
de Investigación del Cáncer clasificó, el 31 de mayo de 2011, a las radiaciones
no ionizantes, dentro del GRUPO 2B, POSIBLEMENTE CANCERÍGENO PARA
HUMANOS, basados en el incremento del riesgo de desarrollar un tipo de
cáncer cerebral llamado GLIOMA, el cual se encuentra
asociado a este tipo de ondas electromagnéticas.
El PRINCIPIO
PRECAUTORIO es el que debe aplicarse en estas situaciones y no sabemos
porque es tan difícil de entenderlo y llevarlo a la práctica por parte de
nuestras autoridades. El mismo está expresado en la LEY NACIONAL N° 25.675
Artículo 4 y dice:
Cuando haya peligro de daño grave o
irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá
utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en
función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.
Tampoco sabemos cuál fue el objetivo de la convocatoria a
esta consultora para determinar las mediciones de RNI en las zonas cercanas al
Jardín de Infantes N° 903 y la Escuela Primaria N° 6, ¿será el primer paso para
tramitar la habilitación de la infraestructura? ¿O solo será un simple acto
administrativo burocrático para deslindar responsabilidades? No lo sabemos.
Lo que sí sabemos es que es necesario en forma inmediata
comenzar las acciones para reubicar las antenas de telefonía de alta potencia a
una zona alejada de la población, especialmente de los niños, en una torre
comunitaria que aloje TODAS las fuentes emisoras de
radiación no ionizante.
Si este trabajo de control otorgado a la Consultora ACG
Atlántica Consulting Group fue pensado para dar luz a los enigmas grises de
estas actividades que inundan y afectan nuestro medio ambiente, se nos viene a
la mente el viejo refrán que dice: mejor no aclares que oscurece.
ONG
Ambiente Comarca.
[1]
Ulrich BECK, La Sociedad del riesgo, op. Cit., p. 38.
[2]
Marie-Monique ROBIN, El veneno nuestro de
cada día, op. Cit., p. 402.
En orden con el artículo:
ResponderEliminarComo sería infinitamente caro (= no negocio) medir las consecuencias de algo en cada poblador, aparecen los índices.
Los índices corresponden a los seres humanos normalizados (como si fueran según norma IRAM xxxx e ISO zzzz; si uno no encaja será un caso raro para estudiar).
Ya sabemos que las mujeres de consumo normalizadas miden 90-60-90 ... y que en la vida real son muy pocas.
Un ser humano normal (s/IRAM xxxx e ISO zzzz) aguanta tantos miliwatts por centímetro cuadrado de radiación.
¿Tiene necesidad de aguantar eso? ...
¿Lo hace y ni siquiera sabe que existe? ...
¿Lo fuerzan a hacerlo? (en este caso los permeables chicos que integran el grupo de gente que no usa celular)
Me parece claro que el hombre vino a hacer las mediciones que pidió la telefónica pertinente para mostrar "oportunamente" su informe de impacto ambiental (¡otro gran bolazo moderno!).
Que bueno sería hacer una colecta para comprar un aparato y realizar mediciones independientes en compañia de un escribano.
Sin olvidar poner el sensor en la nuca de todos los usuarios de celular mientras hablan.
Quizás en 30 años las cajitas de celulares nuevos tengan las mismas propagandas que las de cigarrillos, que de hecho, siguen vendiéndose/comprándose.
No todos los estados son iguales. La ministra de Agricultura de Alemania, Ilse Aigner, prohibió el maíz Nonsanto MON810. También fue prohibido en Austria, Hungría, Francia, Grecia y Luxemburgo.
http://www.spiegel.de/international/germany/monsanto-uprooted-germany-bans-cultivation-of-gm-corn-a-618913.html
Nos gusta para hoy el "progreso" pero no nos interesa a donde nos lleva mañana.